Ordenanza Nro 1433 - Donación de una superficie de terreno propiedad de los señores PEDRO BERNARDINO URQUÍA

VISTO:

 

               La  donación de una superficie de terreno, realizada por el señor PEDRO BERNARDINO URQUÍA, según acta de donación de fecha 17 de Abril de 2018, debidamente certificada por la Abogada Escribana Verónica Lombardi; y,  

 

CONSIDERANDO:

 

               Que se trata de la donación de los metros necesarios destinados a apertura para prolongación de calles: Paraná, Dr. Luis F. Leloir y Dr. César Milstein; identificado como Lote “21”. Según se detalla en dicho plano, el lote se compone de 5.55 mts. de frente al Norte, su costado Este consta de una línea quebrada que parte del lado Norte hacia el Sur y  mide 50.48 mts., de este punto hacia el Este 49.40 mts., desde allí 12.00 mts. hacia el Sur; desde este punto quiebra hacia el Oeste 49.40 mts., desde este punto vuelve hacia el Sur 48.98 mts., desde este punto vuelve hacia el Este 49.40 mts., desde este punto hacia el Sur y mide 15.94 mts., desde este punto hacia el Oeste y mide 54.95 mts. y desde este punto hacia el Norte y cerrando la figura mide 127.40 mts., encerrando una superficie total de 2.087,31 m2, lindando al Norte con calle Schaer, al Sur y al Este con Lote “B” y al Oeste con Lote “5 A”, inscripto el Dominio al Tº138 – Fº 403 – Nº 323.269 de fecha Agosto 5 de 1983, empadronado para el impuesto inmobiliario bajo el Nº 13-06-00 182.186/0001;

 

 

POR ELLO:

 

 

   EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA  Nº 1433

 

 

ARTICULO 1°) – Acéptese la donación de superficie de terreno propiedad del señor PEDRO BERNARDINO URQUÍA, ubicado en el Distrito Armstrong y que de acuerdo al plano de mensura confeccionado por la Ingeniera Agrimensora Verónica Aquili, identificado como Lote “21” detallado en los considerandos, inscripto el Dominio al Tº 138 – Fº 403 – nº 323.269 de fecha Agosto 5 de 1983, empadronado para el impuesto inmobiliario bajo el Nº 13-06-00 182.186/0001

 

 

ARTICULO 2°) – Tomar posesión inmediata de la fracción de terreno, cuya superficie total donada se estipula en los considerandos de la presente ordenanza, conforme al plano confeccionado al efecto.

 

 

ARTICULO 3º) – El D.E.M. deberá gestionar la donación de la parcela lindante al Oeste del presente loteo, para completar el ancho determinado de la calle Paraná, entre Schaer y prolongación de calle Dr. César Milstein. De no concretarse la misma, no se podrán construir veredas en dicho tramo.

 

ARTICULO 4º) – Cúmplase, publíquese y dese al R.M.

 

Armstrong, 12 de Junio de 2018.-


ORDENANZAS