Ordenanza Nro 1452 - Autorización de la Legislatura Provincial, para celebrar un préstamo Internacional

VISTO:

 

                                  La autorización por parte de la Legislatura Provincial para que el Gobierno de la Provincia pueda celebrar un préstamo Internacional;  y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los fondos obtenidos serán destinados a los municipios y comunas de la provincia de Santa fe con destino exclusivo a obra de pavimentación de calles urbanas;

 

Que dicho préstamo fue aprobado bajo la Ley Provincial N° 13.751;

 

Que la mencionada Ley fija en su Artículo 11º), un monto disponible para la totalidad de los municipios y comunas, y el importe que le corresponde a cada localidad es el que resultó de aplicar el criterio distributivo fijado por el mismo artículo, en base a la coparticipación provincial de impuestos;

 

Que ha nuestro municipio le corresponde la suma de $16.770.615,04 para la ejecución de obras de pavimentación urbana y obras complementarias;

 

Que para que ello ocurra es necesario la adhesión por parte de este municipio, con aprobación del Concejo Municipal para continuar con los trámites administrativos correspondientes;

 

POR ELLO:

 

   EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA  Nº 1452

 

ARTÍCULO 1º) - Adhiérase la Municipalidad de Armstrong a lo dispuesto por el Artículo 11° de la Ley N° 13.751 hasta el monto que por el concepto allí establecido se determine conforme a lo dispuesto por la Ley N° 7.457 y sus modificatorias. La percepción de dichos recursos por parte de la Municipalidad de Armstrong serán aceptados a cuenta de la acreencia que a ésta le corresponderá al momento en que el Estado Nacional haga efectivo cumplimiento de lo establecido en los fallos emitidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación CSJ 538/2009 y CSJ 539/2009.

 

ARTÍCULO 2º) - Autorízase al Sr. Intendente Municipal, Dr. Pablo Horacio Verdecchia, D.N.I. N° 22.378.612  a suscribir todos los convenios y documentos que resulten necesarios en el marco de la adhesión dispuesta en el Artículo 1°).

 

ARTICULO 3º) - Apruébese el Proyecto denominado “PROYECTO DE PAVIMENTACIÓN DE CALLES URBANAS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS”, el cual forma parte integrante de la presente, que comprende los tramos de calles que seguidamente se indican:

 

- Bv. Delfo Cabrera entre calle Buenos Aires y calle San Lorenzo.

- Bv. Bell Ville entre calle Buenos Aires y calle San Lorenzo.

- Bv. Villa María entre calle Buenos Aires y Calle San Nicolás.

- San Nicolás entre Bv. Villa María y Ecuador.

- Martinez entre calle Schaer y Bv. Villa María.

- Bv. Bell Ville entre calle Martinez y calle Paraná.

- Bv. San Martín entre calle California y Paraguay.

- Bv. Roldán entre calle California y Paraguay.

- Bv. Delfo cabrera entre calle Paraná y Elisa.

Facúltase al Sr. Intendente Municipal a disponer las modificaciones al proyecto citado con conocimiento a este Concejo Municipal.

 

ARTICULO 4º) - Autorízase al Sr. Intendente Municipal para que mediante el dictado de resoluciones, ejecute el Proyecto identificado en la cláusula tercera de la presente Ordenanza.

 

ARTÍCULO  5º) - Cúmplase, publíquese y dese al R.M.-

 

Armstrong, 27 de Noviembre de 2018.-


ORDENANZAS