VISTO:
El Decreto Provincial Nº 3155/18, firmado recientemente por el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, referido al "Programa de Infraestructura para la Seguridad Vial en Gobiernos Locales"; y,
CONSIDERANDO:
Que el objetivo general del programa es contribuir al mejoramiento de las infraestructuras viales en municipios y comunas, mediante el financiamiento de proyectos construidos por gobiernos locales, de los que pueden participar asociaciones civiles debidamente acreditadas;
Que la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) en este marco acompaña, asesora, capacita y transfiere recursos a los gobiernos locales por ser quienes tienen competencia directa sobre el ordenamiento, crecimiento y desarrollo del territorio, considerando sus particularidades y brindando las herramientas técnicas y de gestión necesarias para su adecuado desenvolvimiento;
Que los objetivo específicos del programa son mejorar la circulación vial mediante obras de infraestructura y/o intervenciones en la traza urbana, disminuir los índices de siniestralidad, promover la movilidad de peatones y ciclistas, impulsar iniciativas locales que apunten a la prevención y al cuidado de los ciudadanos de la provincia, consolidar el trabajo en común entre distintos estamentos del Estado y su diálogo con la sociedad civil, visibilizar necesidades y realidades propias de cada territorio, colaborando a dar las respuestas adecuadas a las mismas;
Que la implementación del programa estará a cargo, conjuntamente, de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y de la Dirección Provincial de Programación Territorial del Ministerio de Seguridad de la Provincia. Cuando los proyectos involucren la realización de una obra o la incorporación o reemplazo de luminarias LED, se implementarán de manera conjunta con el Ministerio de Infraestructura y Transporte de la Provincia;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 1457
Artículo 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a adherir al Decreto Provincial Nº 3155/18 que lleva a cabo la Agencia Provincial de Seguridad Vial y la Dirección Provincial de Programación Territorial del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe.
Artículo 2°: Cúmplase, publíquese y dese al R.M.
Armstrong, 04 de Diciembre de 2018.-