VISTO:
La necesidad de este Municipio, de continuar con la modernización y ampliación del parque automotor del Sector de Maestranza Municipal, para optimizar la prestación de servicios públicos y la ejecución de obras públicas; y,
CONSIDERANDO:
Que el Municipio se encuentra en la necesidad de adquirir la siguiente maquinaria: Camiones con caja volcadora;
Que dichos bienes son necesarios, para el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios públicos;
Que el estado de la situación económica-financiera del Municipio, representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permite realizar una proyección que posibilita el endeudamiento municipal y consecuentemente, la solicitud de una operación de Leasing para adquirir las unidades mencionadas;
Que resulta conveniente a los intereses municipales la toma del crédito mediante la modalidad de Leasing con Banco de Inversión y Comercio Exterior SA.;
Que dentro de los requisitos a los fines del otorgamiento de la financiación pertinente, se requiere copia certificada y legalizada de la Ordenanza aprobada por el Concejo de la Municipalidad de Armstrong por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer el mismo y a la constitución de las garantías pertinentes y su correspondiente promulgación por decreto;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 1491
ARTICULO 1°) – Autorizase al Señor Intendente Municipal Dr. PABLO HORACIO VERDECCHIA, D.N.I. Nº 22.378.612 y/o al Secretario de Hacienda y Finanzas C.P.N. FRANCO STERRANTINO, D.N.I. Nº 27.129.880, a tramitar ante el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. (BICE), una o más operaciones de leasing para el arrendamiento con opción a compra de camiones con caja volcadora, por hasta la suma máxima de PESOS: Once millones, sin incluir el I.V.A., cediendo en garantía, para eventual aplicación al pago en caso de mora, los fondos provenientes del Régimen de Coparticipación Provincial a Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2°) – Autorizase a concretar la operación consignada en el Artículo 1º) en base a las condiciones que establezca Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A., en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación.
ARTICULO 3º) - Facúltese al Señor Intendente Municipal a afectar y/o ceder los fondos consignados en el Artículo 1°), para garantizar el cumplimiento de la operación de leasing, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente más seguros y aforo si fuera el caso.
ARTICULO 4º) - Facúltese al Señor Intendente Municipal y Señor Secretario de Hacienda y Finanzas para la firma del contrato de leasing y demás documentos relacionados con la operatoria.
ARTICULO 5º) – Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-
Armstrong, 04 de Agosto de 2020.