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Ordenanza Nro. 1633: Donación de una fracción de terreno, propiedad de los señores David Edgardo Tonicelli y Ruben Venancio Tonicelli.

VISTO:

La donación de una superficie de terreno realizada por David Edgardo Tonicelli y Rubén Venancio Tonicelli, según el acta de donación de fecha octubre de 2024, debidamente certificada ante la Aboga Escribana Verónica Lombardi; y, 

CONSIDERANDO:

Que se trata de la donación de los metros necesarios para regularizar la traza de las calles Juan Manuel de Rosas y Bv. Delfo Cabrera, identificados como Lote “B” en el Plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por el Ing. Agrimensor Juan Jaime Rostagno, ubicado en la Manzana S-207/8, al Sur de las vías férreas y que se compone de una superficie total de de 4261,00 m2, inscripto el Dominio al Tomo 239 Folio 104 Nº 42228 del Año 2020 y empadronado para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo el N° 13-06-00-182.1790002; 

Que se trata de la donación de los metros necesarios destinados a prolongación de calle Bv. Delfo Cabrera, identificado como Lote “B” y se compone de 133 mts al Norte polígono AB, al Sur por 125,20 mts polígono EF, en su costado Oeste por 25 mts polígono FA y en su costado Este con la prolongación / ensanche                                                                                                                               de calle Juan Manuel de Rosas que se compone de 120 mts polígono DE en su costado Oeste, 145 mts en su costado Este y 7,80 mts al Sur polígono CD, lindando con calle Bv. Bell Ville.

Que en consecuencia corresponde aceptar la donación referida;

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA N° 1633

Artículo 1°: Acéptese la donación de superficie de terreno, propiedad de DAVID EDGARDO TONICELLI y RUBÉN VENANCIO TONICELLI, ubicado en el Distrito Armstrong, de acuerdo al plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Juan Jaime Rostagno, identificado como Lote “B” y detallado en el considerando, encerrando una superficie total de 4261,00 m2.

Artículo 2°: Tómese posesión inmediata de la fracción de terreno, cuya superficie total donada se estipula en el Artículo 1°) de la presente ordenanza, conforme al plano confeccionado al efecto.

Artículo 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.-  

Armstrong, Noviembre 26 de 2024.-

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