Ordenanza Nro.1501: Donación de fracciones de terreno del Club Defensores.

 

VISTO:

                                                 La donación de una superficie de terreno realizada por el CLUB ATLETICO DEFENSORES, MUTUAL, SOCIAL Y BIBLIOTECA, según acta de donación de fecha 27 de Abril de 2020, debidamente certificada por la Escribana María Inés Lombardi;  y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que se trata de la donación de los metros necesarios destinados a apertura para prolongación de Bv. San Martín, identificado como Lote “12c”, según se detalla en dicho plano, el lote se compone de 20 mts. de frente al Norte, por 20 mts. de fondo y frente al Este, encerrando una superficie total de 400 m2., lindando al Norte con Lotes 12a-12b, al Sur con Lote 15, al Oeste con Lote 13 y al Este con futura prolongación de Bv. San Martín; inscripto al Dominio en Mayor Área al T° 134 – F° 95 – N° 153.950 de fecha 22 de Enero de 1982; empadronado en el impuesto inmobiliario bajo la partida N° 13-06-00 182.055/0000;

 

Que en consecuencia corresponde aceptar la donación referida;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA  Nº 1501

ARTICULO 1°) – Aceptase la donación de superficie de terreno propiedad del CLUB ATLETICO DEFENSORES, MUTUAL, SOCIAL Y BIBLIOTECA, ubicado en el Distrito Armstrong y que de acuerdo al plano de mensura confeccionado por la Ingeniera Agrimensora Verónica Aquili, a inscribir en el SCIT; identificado como Lote detallado en los considerandos, inscripto al Dominio en Mayor Área al T° 134 – F° 95 – N° 153.950 de fecha 22 de Enero de 1982; empadronado en el impuesto inmobiliario bajo la partida N° 13-06-00 182.055/0000.

 

ARTICULO 2°) – Tomar posesión inmediata de la fracción de terrenos, cuyas superficies totales donadas se estipulan en los considerandos de la presente ordenanza, conforme al plano confeccionado al efecto.

 

ARTICULO 3º) – Cúmplase, publíquese y dése al R.M.-  

 

ARMSTRONG, Noviembre 24 de 2020.

 


ORDENANZAS