VISTO:
Que por Ordenanza N° 1473/2019 se aceptó la donación de una superficie de terreno propiedad de los señores SERGIO JAVIER VALENTINI y MARIA ESTHER COZZI, ubicado en el Distrito Armstrong; y,
CONSIDERANDO:
Que se cometió el error en la designación del lote a donar;
Que hubo equivocación en la numeración de inscripción del Dominio por no estar cargada la última escritura en el SCIT;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA N° 1593
ARTÍCULO 1°: Modifíquese la Ordenanza N° 1473/2019/2008, en su Considerando y Articulado, la cual quedará redactada de la siguiente manera:
… “Que se trata de la donación de los metros necesarios destinados a Camino Público; identificado como Lote “ 3A’ ” ; según se detalla en plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan J. Rostagno; bajo el N° 126.823 del año 1988, el lote se compone de 8,42 mts. de frente al Oeste y al Este 8,50 mts. y sus costados Norte y Sur de 15,70 mts., encerrando una superficie total de 01 área 32 centiáreas 82 decímetros cuadrados, inscripto el Dominio al T° 232 – F° 457 – N° 348.360 de fecha Junio 19 de 2018; empadronado para el impuesto inmobiliario bajo la partida N° 13-06-00 182.289/0005-3;” … y
… ” ARTÍCULO 1°) – Aceptase la donación de superficie de terreno propiedad de los señores SERGIO JAVIER VALENTINI y MARIA ESTHER COZZI, ubicado en el Distrito Armstrong y que de acuerdo al plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan J. Rostagno, identificado como Lote “ 3A’ ” detallado en los considerandos, inscripto el Dominio en mayor área al T° 232 – F° 457 – N° 348.360 de fecha Junio 19 de 2018; empadronado para el impuesto inmobiliario bajo la partida N° 13-06-00 182.289/0005-3;”
ARTÍCULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.-
Armstrong, Septiembre 19 de 2023.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA N° 1592
ARTICULO 1°: Deróguese la Ordenanza Municipal N° 1.579 en virtud de lo expuesto en el desarrollo del considerando de la presente.
ARTICULO 2°: Solicitase al Gobierno Provincial, en el Marco de la Ley N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, el aporte de fondos no reintegrables para la adquision de un rodado según detalle y monto estimado:
- Vehículo Pick Up 0 km. Monto estimado: $15.256.627,89 (pesos quince millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos veintisiete con ochenta y nueve centavos).
ARTICULO 3°: Solicítese al Gobierno Provincial le asigne a esta Administración Municipal el aporte de fondos no reintegrables por la suma de $15.256.627,89 (pesos quince millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos veintisiete con ochenta y nueve centavos) en el Marco de la Ley N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario para ser afectados a gastos corrientes en virtud del Artículo N° 1 de la Ley N° 14.203.
ARTICULO 4°: Facúltese al Sr. Intendente Municipal Dr. Pablo H. Verdecchia, D.N.I N° 22.378.612, a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial, el financiamiento total o parcial del bien que se menciona en el Artículo 2°), y cuya realización se aprueba en este acto; y el financiamiento de gastos corrientes que se menciona en el Artículo 3°) cuya realización también se aprueba en este acto. Asimismo, autorizase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.-
Armstrong, Septiembre 19 de 2023.-