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Ordenanza Nro. 1628: Aceptación de donación de superficie de terreno, propiedad de Jorge Carlos Bellino y Liliana Esther Böse.

VISTO:

La donación de una superficie de terreno realizada por Jorge Carlos Bellino y Liliana Esther Böse, según el acta de donación de fecha 9 de octubre de 2024, debidamente certificada ante la Escribana Pública Elizabet Mirian Taborra; y, 

 

CONSIDERANDO:

Que por la Ordenanza N° 1326/2016, se aceptó la donación de una superficie destinada al ensanchamiento de calle Schaer, hecha por Jorge Carlos Bellino y Liliana Esther Böse;

 

Que, tras la aceptación de la donación realizada, el trámite debía proseguir con la presentación del correspondiente plano de mensura ante el Sistema de Catastro de Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, a cargo del profesional responsable de su confección. Sin embargo, la omisión de esta instancia generó inconvenientes que hoy se deben subsanar a fin de garantizar la correcta inscripción y actualización catastral;

 

Que se trata de la donación de los metros necesarios para regularizar la traza de la calle Schaer, identificado como Lote “A” en el Plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por el Ing. Agrimensor Juan Jaime Rostagno y que se compone de 44,20 metros en su lado Norte, que linda con parte de la calle Schaer, 2,50 metros en su costado Este lindando con parte de la calle Schaer, 44,20 metros en su costado Sur lindando con el Lote “C” del mismo plano y 2,50 metros en su costado Oeste lindando con parte de la calle Schaer, encerrando una superficie de 110,50 m2, inscripto el Dominio al Tomo 203 Folio 00186 S/N y empadronado para el pago del Impuesto Inmobiliario bajo el N° 13-06-00-182.184/0007-3; 

 

POR    ELLO:

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 1628

 

ARTÍCULO 1°: Acéptese la donación de superficie de terreno, propiedad de JORGE CARLOS BELLINO Y LILIANA ESTHER BOSE, ubicado en el Distrito Armstrong, de acuerdo al plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Juan Jaime Rostagno, identificado como Lote “A” y detallado en el considerando, encerrando una superficie total de 110,50 m2.

 

ARTÍCULO 2°: Tómese posesión inmediata de la fracción de terreno, cuya superficie total donada se estipula en el Artículo 1°) de la presente ordenanza, conforme al plano confeccionado al efecto.

 

ARTÍCULO 3°: Deróguese la Ordenanza N° 1326/2014. 

 

ARTÍCULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.-  

 

Armstrong, Octubre 22 de 2024.-

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